Descubre qué exige la ley europea de restauración de la naturaleza, sus plazos hasta 2050 y cómo cambiará la protección de la biodiversidad en España y la UE.
Recuperar y restaura la biodiversidad en Europa es uno de los objetivos que se ha marcado la Unión Europea para los próximos años, con la intención de recuperar al menos el 20% de las zonas terrestres y marinas para 2030, así como “todos los ecosistemas que sean necesarios para 2050”. También se pretende restaurar el 30% de los hábitats en mal estado para 2030, el 60% para 2040 y el 90% para 2050.
Así lo define el Reglamento de la Restauración de la Naturaleza, la ley europea de restauración de la naturaleza que la Unión Europea aprobó en junio de 2024 y que obliga a los Estados miembros a desarrollar nuevos Planes Nacionales de Restauración para adoptar las legislaciones nacionales a los objetivos definidoa en el Reglamento europeo.
Actualmente, en la UE el 26,4% de su territorio y el 12,3% de sus aguas marinas están en áreas protegidas, existen más de 1.840 especies protegidas y hay 230 hábitats con algún tipo de protección. Además, la UE dispone del portal BISE, donde se puede acceder a toda la información sobre el estado de los espacios naturales y los progresos que se van cumpliendo para la protección de la biodiversidad.
Además de datos generales, el portal BISE incorpora un espacio propio para cada país y sus acciones en biodiversidad. En el caso de España, se apunta que tiene el 28,09% del territorio y el 12,4% de las aguas marinas bajo algún tipo de protección, lo que significa que estamos por encima de la media europea y, por tanto, en un buen punto de partida para desarrollar un nuevo Plan Nacional de Restauración siguiendo las pautas de la ley europea de restauración de la naturaleza.
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Arquitectura legal para la biodiversidad
Con la aprobación del Pacto Verde Europeo en 2019, la UE comenzó a diseñar un paquete legislativo en torno a la protección ambiental, la restauración de los ecosistemas, la descarbonización y la economía circular.
El pilar de este paquete es la Estrategia sobre Biodiversidad 2030, seguida de la Directiva de Aves y Hábitats, la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina, la Estrategia de Adaptación, la Directiva Marco del Agua y el Reglamento de la Restauración de la Naturaleza, a lo que se suman programas de financiación como los LIFE y el Horizonte Europa. En este contexto, la ley europea de restauración de la naturaleza actúa como pieza clave para coordinar y reforzar las medidas de conservación y recuperación de los ecosistemas en toda la UE.
Qué plantea la ley europea de restauración de la naturaleza
Además del objetivo principal que comentábamos antes (recuperar al menos el 20% de las zonas terrestres y marinas para 2030), el Reglamento para la Restauración de la Naturaleza pretende:
- Garantizar la recuperación continua de la biodiversidad y de los ecosistemas resilientes a través de la restauración de los ecosistemas degradados.
- Contribuir a alcanzar los objetivos de la UE en mitigación y adaptación al cambio climático y en neutralidad en la degradación de las tierras.
- Mejorar la seguridad alimentaria para el conjunto de los ciudadanos.
- Contribuir al cumplimiento de los compromisos internacionales que la UE ha adquirido en materia de conservación de la biodiversidad.
También en las ciudades
El Reglamento no sólo propone la restauración de los ecosistemas en espacios naturales, sino que también está pensado para la naturaleza en los entornos urbanos, fijando objetivos para las llamadas Superficies de espacios Verdes Urbanos (EVU) y la Cobertura Arbórea Urbana (CAU).
Los ecosistemas urbanos representan aproximadamente el 22% de la superficie terrestre de la Unión Europea y proporcionan hábitats esenciales como parques, jardines, bosques urbanos o huertos, que son clave para la biodiversidad.
Pero ¿qué municipios tendrán que aplicar las normas indicadas en el Reglamento? Será obligatorio en las ciudades clasificados según Eurostat como “Degree of Urbanisation” en ciudades (DEGURBA 1) y en pueblos y zonas suburbanas (DEGURBA 2).
Para que las ciudades y zonas suburbanas puedan aplicar las medidas incluidas en el Reglamento, el Ministerio para la Transición Ecológica y reto Demográfico ha editado una Guía Municipal para la aplicación del Reglamento en ecosistemas urbanos, que forma parte del Plan Nacional de Restauración español. La Guía incorpora:
- Obligaciones, indicadores y plazos establecidos por el Reglamento.
- Criterios técnicos y fuentes para identificar espacios verdes urbanos y cobertura arbórea.
- Orientación metodológica para recopilar datos, realizar cálculos y reportar información.
Una vez definido el marco de actuación, la Guía define los indicadores que permitirán implementar de manera efectiva el Reglamento en el espacio verde urbano y la cobertura arbórea urbana. Estos indicadores se definen como:
- El espacio verde urbano: es el área total de árboles, arbustos, matorrales, vegetación herbácea permanente, líquenes y musgos, estanques y cursos de agua encontrados dentro de ciudades, pueblos y zonas suburbanas.
- La cobertura arbórea urbana: es el área total cubierta por las copas de los árboles dentro de ciudades, pueblos y zonas suburbanas.
Conocer para preservar
Con toda la información proporcionada tanto del verde urbano como de los ecosistemas naturales, este Reglamento se ha marcado unas metas muy ambiciosas que los países tendrán que gestionar. Pero para ello será imprescindible que los ciudadanos conozcan el valor y la magnitud de la biodiversidad europea, porque sin ellos será difícil avanzar en la restauración y la conservación que impulsa la ley europea de restauración de la naturaleza.
Para ello, la UE ha creado el sistema EUNIS de Clasificación de Hábitats con información de todos los ecosistemas existentes. El con diferencia, la fuente de información sobre la biodiversidad europea, más completa y fiable.

