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¿Pueden los ríos tener derechos? El avance de los derechos de la naturaleza

Cada vez más países reconocen que los ríos merecen algo más que protección: merecen derechos. Y eso lo cambia todo.

rio con derechos

Imagina que un río pudiera hablar en un juicio para defenderse. Que tuviera voz —y derechos— ante quienes contaminan su cauce, desvían su curso o lo explotan sin medida. Suena a ciencia ficción, pero es real: se llama reconocer los derechos de la naturaleza.

Este enfoque legal y filosófico rompe con la visión tradicional que ve los ríos como simples recursos al servicio del ser humano. En cambio, plantea que tienen valor por sí mismos y que deben ser protegidos como sujetos con personalidad jurídica.

Cada vez más países, incluida España, están explorando este modelo ecocéntrico para conservar sus ecosistemas fluviales. En este artículo, respondemos a las preguntas clave sobre qué implica, dónde ya se aplica y por qué podría marcar un antes y un después en nuestra relación con la naturaleza.

Qué significa que un río tenga derechos?

Que, en lugar de ser visto sólo como un recurso natural, un río tiene una existencia y función propias, independientemente de su utilidad para las personas. Se reconoce así como sujeto de derecho con personalidad jurídica.

Bajo esta figura legal, el río adquiere derechos inherentes: el derecho a existir, a no ser dañado y a conservar sus procesos naturales. Se trata de una aplicación concreta de los derechos de la naturaleza, que plantea que todos los elementos del entorno natural tienen valor por sí mismos.

 

¿Por qué se plantea reconocer derechos a los ríos?

Porque el enfoque tradicional de protección ambiental, centrado exclusivamente en la mitigación del daño y en el interés humano, no es suficiente para dar una respuesta eficaz a los graves impactos e injusticias ambientales que sufren los ríos en todo el planeta. Como señalan Rutgerd Boelens y Jaime Hoogesteger, de la universidad Wageningen (Países Bajos); y Lena Hommes, de la Universidad de Girona, expertos en la materia, los “Derechos de la Naturaleza” y los “Derechos de los Ríos” son una serie de medidas con perspectiva ecocéntrica, inspiradas en los pueblos indígenas.

Implicaciones prácticas de los derechos de la naturaleza

1. Protección legal activa

Al reconocer formalmente los derechos de un río, se habilita que tenga representantes legales que pueden actuar para defenderlo ante tribunales y otros organismos oficiales. Así, si un río sufre un ataque que daña su naturaleza, sus “guardianes” tienen la base legal para exigir medidas de protección, restauración, renaturalización o incluso indemnización por los daños ocasionados.

2. Gobernanza participativa

Otra de las implicaciones de esta medida es que la defensa de los ríos se realiza a través de un modelo de gobernanza participativa, a través de la colaboración entre autoridades ambientales, comunidades locales, expertos y organizaciones no gubernamentales (ONG).

3. Cambios normativos

Asimismo, su implementación requiere reformas o complementos en las leyes ambientales existentes, así como nuevos protocolos de acción ante proyectos de desarrollo que puedan afectar el curso natural o la salud del río. En definitiva, lograr un mayor grado de protección y respeto de los ríos.

rios con derechos


¿Dónde se están aplicando los derechos de la naturaleza y con qué resultados?

En varios lugares del mundo ya se experimenta con esta idea, como subrayan Agnès Delage, catedrática de la Universidad Aix-Marseille (AMU), Fernando Valladares, investigador del Museo Nacional de Ciencias Naturales (MNCN-CSIC), y Teresa Vicente, Directora de la Cátedra de Derechos Humanos y Derechos de la Naturaleza de la Universidad de Murcia:

  • Nueva Zelanda: el río Whanganui tiene personalidad jurídica desde 2017 y cuenta con un órgano específico de gobernanza, llamado Te Kōpuka, que reúne a representantes del pueblo maorí, administraciones públicas y otros sectores.
  • Francia y Polonia: se han lanzado el Parlamento del Loira y el del río Óder, respectivamente, con proyectos institucionales similares.
  • España: En 2024 se creó la Declaración de Derechos del Río Tins, en el Concello de Outes (A Coruña, Galicia) como parte del proyecto “Renatur-Outes”, que integró instituciones locales, tres universidades gallegas, asociaciones y centros educativos, con el apoyo del Ministerio para la Transición Ecológica. Y recientemente se ha lanzado la Declaración en defensa del Ulla, un río en la provincia de Lugo amenazado por el proyecto de construcción de una macrocelulosa por la empresa Altri en la localidad de Palas de Rei.

 

¿Qué papel tienen las comunidades indígenas y locales en los derechos de la naturaleza? 

Constituyen el corazón de este movimiento, ya que viven desde hace siglos en estrecha relación con los ríos y su entorno natural. Por ello, aportan conocimientos tradicionales y prácticas de manejo que enriquecen la protección ambiental, y suelen ser los primeros en notar cambios ecológicos y reaccionar.

 

¿Es viable aplicar este enfoque? ¿Qué desafíos plantea?

Los expertos reconocen la dificultad de incorporar este modelo ecológico que vaya más allá de lo meramente simbólico y pase a ser legalmente vinculante. En este sentido, se requiere un profundo debate que incluya las siguientes medidas:

  • Reformar o complementar las normativas existentes para reconocer la personalidad jurídica de elementos naturales, dado que en muchos países no se contempla.
  • Integrar diversas voces, como comunidades locales, organizaciones ambientales o científicos, para garantizar una representación adecuada y enriquecedora y evitar que posibles intereses particulares pudieran apoderarse de su tutela.
  • Simplificar las estructuras burocráticas tradicionales para garantizar una coordinación eficaz entre gobiernos, agencias ambientales y organizaciones locales.
  • Hacer frente de manera constructiva a la resistencia política, cultural y económica que los sectores tradicionales afectados por esta medida pudieran desarrollar.

¿Sabías que los ríos podían tener derechos? ¿Conocías alguno de los ríos donde ya se experimenta con ello? ¡Cuéntanoslo!

 

Fuentes:

  • https://renatur.outes.gal/

 

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