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SCRAP para envases domésticos: ¿Qué es y a quién afecta?

Las empresas que introducen por primera vez en el mercado español productos envasados para uso o consumo por particulares deben cumplir las obligaciones de responsabilidad ampliada del productor. Para ello pueden constituir un sistema individual (SIRAP) o participar en un sistema colectivo (SCRAP), que es la fórmula utilizada habitualmente por las empresas. La obligación deriva del Real Decreto 1055/2022.

botellas de vidrio de zumos

Ecovidrio es un SCRAP autorizado para envases domésticos y está especializado en la gestión de envases de vidrio aunque a través de su Ventanilla única puede gestionar todo tipo de envases y materiales.

¿Todavía no tienes claro qué es un SCRAP o cómo funciona la RAP? Léete primero el artículo general en el que lo explicamos.

¿A quién obliga el SCRAP de envases domésticos?

La obligación afecta principalmente a los envasadores, importadores y adquirentes intracomunitarios que introducen productos envasados en el mercado español. También puede afectar a los titulares de marcas de distribución, a quienes encargan el envasado de productos bajo su responsabilidad y, en determinados supuestos, a plataformas de comercio electrónico, distribuidores o comerciantes.

En la normativa, estas empresas se denominan «productores de producto». Los envases domésticos son los envases de productos destinados al uso o consumo por particulares y susceptibles de ser adquiridos por los consumidores en los comercios, con independencia del lugar en el que se vendan o consuman. Entre ellos pueden encontrarse botellas, tarros, frascos, latas o briks.

¿Desde cuándo es obligatorio?

La responsabilidad sobre los envases domésticos existe desde la Ley 11/1997 de Envases y Residuos de Envases. El Real Decreto 1055/2022 actualiza y amplía este marco, refuerza las obligaciones de información y control, regula con mayor detalle la financiación de la gestión de los residuos e introduce nuevas exigencias para los productores y los sistemas de responsabilidad ampliada.

La responsabilidad ampliada del productor (RAP) vigente en España desde 1997 obliga a las empresas a hacerse cargo de la financiación y, cuando proceda, de la organización de la gestión de los residuos de los envases que ponen en el mercado, así como a cumplir las obligaciones de información, prevención, marcado y trazabilidad que les resulten aplicables.

¿Qué implica exactamente para los envases domésticos?

Los productores de producto deben:

  • Inscribirse en la sección de envases del Registro de Productores de Producto (RPP).
  • Cumplir sus obligaciones de RAP mediante un sistema individual —SIRAP— o un sistema colectivo —SCRAP— autorizado.
  • Remitir anualmente al Ministerio, a través del RPP, la información sobre los envases puestos en el mercado antes del 31 de marzo del año siguiente, salvo ampliación excepcional del plazo. Presentando la declaración anual de envases
  • Si participan en un SCRAP, facilitarle antes del 28 de febrero la información necesaria para que pueda cumplir sus obligaciones de reporte.
  • Financiar y, cuando proceda, organizar la gestión de los residuos de sus envases.
  • Contribuir, a través del sistema correspondiente, al cumplimiento de los objetivos de recogida separada y reciclado establecidos por la normativa.
  • Cumplir las obligaciones de marcado aplicables a los envases domésticos, incluida la indicación de la fracción o contenedor de destino cuando corresponda.

Fechas clave que debes tener en el radar

La normativa establece determinados plazos generales y Ecovidrio puede fijar fechas operativas anteriores para revisar la información o tramitar servicios en nombre de las empresas. Conviene diferenciar ambos tipos de fechas:

Fecha habitual Tipo de plazo Obligación ¿A quién aplica?
15 de febrero Operativo de Ecovidrio Presentación de la Ficha de Declaración de Envases cuando Ecovidrio está apoderado para realizar el reporte al RPP. Empresas que han apoderado a Ecovidrio para este trámite.
Antes del 28 de febrero Normativo Entrega al SCRAP de la información necesaria sobre los envases puestos en el mercado y, cuando resulte aplicable, de la información relativa a prevención y ecodiseño. Productores adheridos a un SCRAP.
Antes del 31 de marzo Normativo Remisión al RPP de la información anual sobre los envases puestos en el mercado durante el ejercicio anterior. Productores que realizan directamente el reporte o su representante autorizado. Excepcionalmente, la Administración puede ampliar el plazo.
Antes del 1 de octubre Normativo Comunicación del cambio de sistema de responsabilidad ampliada al sistema de origen, al nuevo sistema y al RPP. El cambio será efectivo para los envases puestos en el mercado durante el año siguiente. Empresas que cambian de sistema individual o colectivo.
31 de mayo Operativo, cuando proceda Entrega de la información que Ecovidrio pueda solicitar para elaborar los informes aplicables a envases reutilizables. Empresas con envases reutilizables a las que resulte aplicable el trámite.

Nota: el plazo general de reporte al RPP es antes del 31 de marzo del año siguiente. Para la información correspondiente a los envases puestos en el mercado en 2025, el plazo se amplió excepcionalmente hasta el 2 de abril de 2026.

Por qué adherirte a Ecovidrio

Ecovidrio lleva casi 30 años acompañando a la industria en el cumplimiento con resultados excelentes de las leyes que aplican a los residuos de envases. Estamos poniendo mucho foco en que el proceso sea lo más sencillo posible, ofreciendo acompañamiento experto adaptado a las necesidades de cada empresa por tamaño y sector, formación continua y herramientas tecnológicas que simplifican los múltiples trámites. Muchas de las nuevas obligaciones las tienen que cumplir a título individual, pero nosotros les estamos apoyando incluso en esas y no sólo en las que están obligados a cumplir a través del SCRAP.” – Beatriz Martín, directora de Ecovidrio Empresas (Fuente: El Confidencial, julio 2025)

Ecovidrio actúa como sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor para los envases domésticos y es el único SCRAP especializado en vidrio autorizado en España. Esto significa que:

  • Colabora con las administraciones públicas de todo el territorio nacional y desarrolla un modelo de gestión directa en una parte muy relevante de los municipios españoles.
  • Dispone de una infraestructura consolidada y especializada y cuenta con 30 años de experiencia acompañando a las empresas y gestionando los residuos de envases de vidrio.
  • Reporta anualmente los datos de gestión y reciclado a las autoridades competentes.
  • Ofrece acompañamiento especializado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones asociadas a los envases.

La adhesión se realiza a través del portal online de Ecovidrio. Una vez dentro, la empresa debe registrarse, aportar sus datos como productor y facilitar la información sobre los envases puestos en el mercado. El proceso es digital.

Conoce aquí todos los beneficios de contar con un SCRAP.

botellas de vidrio de aceite

¿Qué pasa si comercializo diferentes tipos de envases?

Si una empresa pone en el mercado envases de distintos materiales, deberá asegurarse de que todos ellos estén cubiertos por uno o varios sistemas de responsabilidad ampliada debidamente autorizados. Esto no implica necesariamente adherirse a un SCRAP diferente por cada material.

A través de su Ventanilla Única Real y de los acuerdos establecidos con otros SCRAP, Ecovidrio permite gestionar las obligaciones asociadas a todos los envases y materiales desde un único interlocutor.

Si cuentas con envases industriales, aquí encontrarás toda la información que necesitas.

¿Y si mi empresa no se adhiere?

El incumplimiento de las obligaciones de responsabilidad ampliada del productor puede dar lugar a requerimientos administrativos, inspecciones y sanciones económicas. También puede dificultar la acreditación del cumplimiento normativo ante clientes, distribuidores y administraciones.

Cumplir no es solo una obligación legal: también es una forma de mostrar coherencia con los compromisos de sostenibilidad y economía circular que cada vez más empresas incorporan a su estrategia.

En resumen

Si tu empresa pone en el mercado envases domésticos, debe:

  • Inscribirse en la sección de envases del Registro de Productores de Producto.
  • Cumplir sus obligaciones de RAP mediante un SIRAP o un SCRAP autorizado. Para la gestión especializada de los envases de vidrio, las empresas pueden adherirse a Ecovidrio.
  • Presentar anualmente la información sobre los envases puestos en el mercado antes del 31 de marzo del año siguiente, salvo ampliación excepcional del plazo.
  • Cumplir las obligaciones de marcado aplicables desde el 1 de enero de 2025, incluida la indicación de la fracción o contenedor en el que deben depositarse los residuos de envases domésticos.

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